Declaran de utilidad pública terrenos de Línea 2 del Teleférico

El presidente Danilo Medina declaró de utilidad pública e interés social la adquisición por parte del Estado dominicano de una franja de terreno de 14.3 kilómetros de largo de la provincia de Santo Domingo para la construcción y puesta en servicio de la Línea 2 del Teleférico de Santo Domingo.

La disposición se encuentra contenida en el decreto 51-19 que establece que la iniciativa beneficiará principalmente a los habitantes de Pantoja, Los Alcarrizos, Manoguayabo, Alameda, Las Caoba, Villa Aura, Palmas de Herrera y Buenos Aires de Herrera, Los Peralejos, Palma Real, Los Girasoles, Altos de Arroyo Hondo y Los Ríos.

El artículo 2 del referido decreto estipula que en caso que existan estructuras localizadas bajo el sistema de cables de la Línea que se va a construir, dichas construcciones no podrán superar la altura que poseen al momento de la emisión del mandato.

Los límites

El párrafo 1 de este apartado indica que se limitará el acceso a los techos de las edificaciones que, al momento del decreto, superen los tres niveles, es decir los 9.5 metros con el fin de evitar posibles interferencias con el funcionamiento del Teleférico.

Señala que las construcciones, obstáculos fijos y demás elementos que formen parte del espacio público o privado bajo la línea de cable, deberá respetar una distancia o galibo vertical mínimo de cinco metros entre la parte inferior de la cabina (línea de deformación dinámica del nivel inferior de las cabinas) y la parte superior del a construcción o elemento que ocupe el espacio público o privado (muros, áticos, pasamanos, luminarias, avisos, árboles, publicidad exterior, antenas, entre otros).

Indica que cuando el sistema de cable sobrevuele una vía, la distancia vertical entre la cota inferior de la cabina y la cota superior de la vía, debe ser menos de 10 metros mínimos.

En tanto el artículo 3 reza que la distancia mínima permisible, medida en dirección horizontal transversal al sentido de circulación del cable (en ambos sentidos), desde la cara lateral exterior de la cabina hasta el parámetro de la construcción o estructura a levantarse como obra, debe ser de diez metros para cualquier tipología de fachada, considerando los dispositivos asociados a sus procedimientos constructivos.

Se recuerda que el jefe de Estado inauguró en mayo del 2018 la Línea 1 del Teleférico de Santo Domingo, que consta de cuatro estaciones y beneficia a miles de personas.

Cuadra adquirirá inmuebles necesarios

Mediante el decreto 51-19 se le otorga el poder al José Miguel González Cuadra, en calidad de director ejecutivo de la Unidad Ejecutora para la Readecuación de la Nueva Barquita y Entornos para que, en nombre y en representación del Estado dominicano, adquiera los inmuebles que resulten necesarios e inscriba y registre los derechos precitados. El Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro de SD establecerá el dispositivo de seguridad

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