
Santo Domingo.- El presidente de la Federación Dominicana de Municipios (Fedomu), Kelvin Cruz, afirmó que debe quedar claramente definido y establecido en el proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, aprobado en primera lectura por el Senado, que la potestad de regular y gestionar el uso de suelo y ordenamiento territorial municipal corresponde a los ayuntamientos.
En una carta dirigida a los presidentes del Senado y la CĆ”mara de Diputados, Eduardo Estrella y Alfredo Pacheco, sostuvo que ese proyecto de ley “debe incluir las disposiciones pertinentes a las tres escalas de la planificación como la nacional, regional y municipal, asĆ como la interrelación entre los diferentes entes de la administración central y municipal.”
Agregó que el artĆculo 24 y sus pĆ”rrafos, asĆ como en el pĆ”rrafo II del artĆculo 28 del referido proyecto de ley, se consigna la facultad de regulación del uso de suelo a los gobiernos locales de forma general, lo cual se interpreta de forma extensiva a todas las administraciones locales, tanto ayuntamientos como juntas de distritos municipales.
Explicó que, en el interĆ©s de prevenir conflictos de competencias, interpretaciones confusas y eventuales reclamos que, por la vĆa del Tribunal Constitucional, invaliden la legislación que emane del Congreso Nacional, Fedomu sugiere a la consideración de los respectivos plenos de las cĆ”maras, que se incluyan en los citados artĆculos, pĆ”rrafos orientados al esclarecimiento de esta cuestión.
“Eso estĆ” amparado en el punto de vista del Tribunal Constitucional en materia de autonomĆa, ordenamiento y uso de suelo municipal, conforme reza en las sentencias TC/067/13, TC/0152/13 y TC/085/22”, interpretando en la Constitución a la luz de la legislación municipal.
Cruz indicó que el Tribunal Constitucional, en la Sentencia TC/067/13, consideró que “para hacer mĆ”s efectivo el ejercicio del gobierno de los ayuntamientos dentro de sus municipios, en el literal c), del artĆculo 7, de la referida Ley, han sido establecidas las juntas de distritos municipales como órgano desconcentrado del ayuntamiento, las cuales ejercen el gobierno sobre los distritos municipales, por lo que devienen en un instrumento de subdivisión administrativa que permite a las alcaldĆas el manejo pleno de los municipios”.
A juicio del presidente de Fedomu, esta interpretación del Tribunal Constitucional es cónsona con el artĆculo 12 de la Constitución, que al desarrollar la división polĆtico administrativa del territorio dominicano consigna que este “se divide polĆticamente en un Distrito Nacional y en las regiones, provincias y municipios que las leyes determinen”, indicando que “las regiones estarĆ”n conformadas por las provincias y municipios que establezca la ley”, sin considerar a los distritos municipales como parte de la división polĆtica en razón de su condición de ente desconcentrado de los ayuntamientos.
Cruz seƱaló el apoyo de Fedomu para que el proceso correspondiente a la aprobación de la legislación concerniente a la materia “culmine a la mayor brevedad y podamos fortalecer la gestión del Estado dominicano sobre el territorio y el bienestar de nuestros conciudadanos, como lo ha planteado el presidente Luis Abinader”
El presidente de Fedomu dijo estar confiado en que estos detalles serĆ”n corregidos en lo adelante, para que la “legislación finalmente aprobada sea robusta, legalmente racional, legĆtima y se eviten iniciativas de inconstitucionalidad en el marco de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en varias sentencias”.
Afirmó que Fedomu estarĆ” vigilante y en pie de lucha para defender los municipios en los temas que vulneren sus competencias y limiten su autonomĆa.
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