Gobierno dispone nuevas medidas para frenar el COVID-19; toque de queda a partir 7:00 de la noche este 31 diciembre

Los sĆ”bados 2 y 9, asĆ­ como los domingos 3 y 10, de enero de 2021, el toque de queda serĆ” desde las 12:00 del mediodĆ­a hasta las 5:00 madrugada. 

 REDACCIƓN

Santo Domingo.- El gobierno dispuso este miĆ©rcoles nuevas medidas tendentes a contener la propagaciĆ³n del COVID-19, que incluyen inicio de toque de queda a las 7:00 de noche el 31 de diciembre, eliminando la  gracia de libre trĆ”nsito hasta la 1:00 de la madrugada del 1 de enero. 

El presidente Luis Abinader emitiĆ³ el decreto 740-20 que sustituye al 698-20, el cual establece en su artĆ­culo 12 que las medidas entran en vigencia a partir de este jueves 31 de diciembre.

Se ordenĆ³ que desde el prĆ³ximo  1 de enero hasta el 10 de enero el toque de queda serĆ” desde la 5:00 de la tarde  hasta las 5:00 de la madrugada, de lunes a viernes, con dos horas de libre trĆ”nsito para llegar a sus casas, hasta las 07:00 de la noche. 

En tanto, los sĆ”bados 2 y 9, asĆ­ como los domingos 3 y 10, de enero de 2021, el toque de queda serĆ” desde las 12:00 del mediodĆ­a hasta las 5:00 de la maƱana. 

Las medidas fueron dadas a conocer en rueda de prensa encabezada por la vicepresidenta de la RepĆŗblica y coordinadora del Gabinete de Salud, Raquel PeƱa y el ministro de Salud, Plutarco Arias, en el Palacio Nacional. 

El mandatario habĆ­a adelantado que se tomarĆ­an nuevas medidas en procura de la salud de los ciudadanos y el bienestar del paĆ­s, destacando todos los esfuerzos del gobierno en controlar la crisis heredada. 

Las  medidas tambiĆ©n establecen que en el intervalo del 1 al 10 de enero de 2021 cesen las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas. 

“Estamos cerca de ver la luz al final del tĆŗnel. Las vacunas son prometedoras y hoy fue aprobada por la autoridad sanitaria britĆ”nica la vacuna desarrollada por la Universidad de Oxford y AstraZeneca, tras considerarla segura, de calidad y efectiva para ser usada en Gran BretaƱa”, dijo la  vicepresidenta.  

RecordĆ³  que justamente hace 2 meses firmaron un contrato de compra- venta para la adquisiciĆ³n de 10 millones de dosis, gracias al respaldo y apoyo de un grupo de empresarios dominicanos y extranjeros. 

La vicepresidenta  insistiĆ³ en  que la poblaciĆ³n cumpla  con los protocolos sanitarios establecidos, como el uso correcto de la mascarilla, el lavado de manos y el distanciamiento fĆ­sico. 

TambiĆ©n, con respetar y valorar el trabajo de los miembros de la PolicĆ­a Nacional y de las Fuerzas Armadas. 

Participaron en la rueda de prensa, ademĆ”s, los ministros Administrativo de la Presidencia, JosĆ© Ignacio Paliza; de Interior y PolicĆ­a, JesĆŗs –Chu- VĆ”squez; los directores del Servicio Nacional de Salud,  Mario Lama, del Seguro Nacional de Salud (SENASA) Santiago Hazim; de la PolicĆ­a Nacional, mayor general Edward SĆ”nchez GonzĆ”lez, de Promese/Cal, Adolfo PĆ©rez; el director del C5i,  Luis Rafael Lee Ballester y el doctor Eddy PĆ©rez  Then, asesor del Ministerio de Salud PĆŗblica.

Nuevas medidas dispuestas: 

Se modifica el decreto 698-20, de fecha 15 de diciembre del aƱo 2020, que estableciĆ³ el rĆ©gimen de toque de queda, en los tĆ©rminos siguientes: 

1. Queda eliminada la gracia de libre circulaciĆ³n a partir del dĆ­a 31 de diciembre; por consiguiente, el toque de queda de ese dĆ­a iniciarĆ” a partir de las 7:00 pm. 

2. Se establece que desde el dĆ­a 1 de enero hasta el 10 de enero el toque de queda serĆ” desde la 5:00 pm hasta las 5:00 am, de lunes a viernes, con dos horas de libre trĆ”nsito para llegar a sus casas a las 07:00 pm. 

3. Se establece que los sĆ”bados 2 y 9, asĆ­ como los domingos 3 y 10, de enero de 2021, el toque de queda serĆ” desde las 12:00 del mediodĆ­a hasta las 5:00 am. 

4. Se establece que empleados o contratistas de restaurantes, farmacias o colmados que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, crudos o medicamentos, tendrĆ”n permiso para circular hasta las 11:00 pm., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. 

5. Se establece que desde el 1 de enero de 2021 los bares, restaurantes y colmadones, no podrĆ”n recibir clientes que consuman en sus instalaciones hasta el 10 de enero. 

6. Durante el horario del toque de queda se permitirĆ” la circulaciĆ³n de las siguientes personas: 

a) Personas dedicadas a los servicios de salud, tales como mĆ©dicos, enfermeros, bioanalistas, personal paramĆ©dico y personal farmacĆ©utico. 

b) Personas con alguna emergencia mĆ©dica que necesiten dirigirse a algĆŗn centro de salud o farmacia. 

c) Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas. 

d) Miembros de la prensa y demĆ”s medios de comunicaciĆ³n debidamente acreditados. 

e) Operadores de vehĆ­culos y tĆ©cnicos de empresas e instituciones prestadores de servicios de energĆ­a, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sĆ³lidos debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. 

f) Operadores de vehĆ­culos dedicados a la distribuciĆ³n urbana e interurbana de mercancĆ­as, insumos y combustible debidamente identificados exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales.  

g) Personas que laboren en la industria y comercio de alimentos y productos mĆ©dicos y farmacĆ©uticos y estĆ©n en trĆ”nsito hacia y desde sus lugares de trabajo, siempre que porten identificaciĆ³n de una empresa autorizada por la ComisiĆ³n de Alto Nivel para la PrevenciĆ³n y Control del Coronavirus. 

h) Pasajeros internacionales y operadores de vehĆ­culos particulares o comerciales que estĆ©n trasladando a estos, asĆ­ como empleados del sector de transporte marĆ­timo y aĆ©reo debidamente identificados en trĆ”nsito hacia o desde puertos y aeropuertos. 

i) Empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. 

j) Empleados o contratistas de los sectores de hotelerĆ­a, minerĆ­a y zonas francas, exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales. 

7. Desde el dĆ­a 1 de enero hasta el 10 de enero de 2021, estarĆ”n clausurados  todos los espacios pĆŗblicos abiertos al aire libre, tales como parques, malecones, gimnasios y los dedicados a prĆ”cticas deportivas, solo con la excepciĆ³n de torneos profesionales sin asistencia de pĆŗblico. 

8. Se establece que las actividades del sector turĆ­stico continuarĆ”n manejĆ”ndose con un protocolo especial como hasta ahora. 

9. Se establece que en el intervalo del 1 al 10 de enero de 2021 cesen las actividades de las diferentes iglesias o denominaciones religiosas. 

AdemĆ”s de estas medidas: 

Continuaremos aumentando la capacidad instalada de camas hospitalarias y camas UCI. 

Distribuiremos kits en todos los hospitales del paĆ­s para el tratamiento ambulatorio de todos los pacientes leves; ademĆ”s, daremos seguimiento hasta su total recuperaciĆ³n.

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